Operar drones en Honduras

¿Dónde puedo volar un dron en Honduras?

La norma la regula la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC).

Respuesta corta: en operación estándar puedes volar hasta 122 m de altura, dentro de tu línea de vista (VLOS), la regla general prohíbe sobrevolar zonas urbanas pobladas, eventos públicos, aglomeraciones y edificaciones (§9); solo con autorización especial de la AHAC se permite acercarse, nunca directamente encima y manteniendo mínimo 10 m horizontales y 5 m verticales (§10), y lejos de aeródromos (5 km de aeropuertos, 3 km de aeródromos no controlados y 1 km de helipuertos (§9 de la circular COC-ATL-002-2018)). Ciudad, gente o vuelo nocturno ya no es operación estándar: eso exige autorización o categoría específica. Verifica tu zona con la AHAC antes de volar.

Cifras según la AHAC y fuentes del sector a 2026, para orientarte. La autoridad sobre tu zona concreta es la AHAC; verifica antes de volar.

Las cifras que definen tu vuelo

  • 122 m (400 ft) de altura máxima.
  • Alcance visual (VLOS): debes mantener contacto visual permanente con la aeronave.
  • Sobrevuelo de personas: la regla general prohíbe sobrevolar zonas urbanas pobladas, eventos públicos, aglomeraciones y edificaciones (§9); solo con autorización especial de la AHAC se permite acercarse, nunca directamente encima y manteniendo mínimo 10 m horizontales y 5 m verticales (§10)
  • Lejos de aeródromos: 5 km de aeropuertos, 3 km de aeródromos no controlados y 1 km de helipuertos (§9 de la circular COC-ATL-002-2018).

Dónde no se vuela

Hay zonas donde el vuelo está prohibido o restringido sin importar tu categoría:

  • Aeropuertos (5 km), aeródromos no controlados (3 km) y helipuertos (1 km).
  • Zonas urbanas pobladas, eventos públicos, aglomeraciones y edificaciones, sin autorización especial.
  • Instalaciones militares y de seguridad nacional.
  • Casa Presidencial, Corte Suprema, Congreso Nacional y tribunales.
  • Plantas eléctricas, represas, plantas geotérmicas, puertos, hospitales, cárceles y sedes diplomáticas.
  • Dentro de 2 km del Presidente o de autoridades nacionales y extranjeras.

¿Puedo volar en ciudad?

La regla general prohíbe operar sobre zonas urbanas pobladas, eventos públicos, aglomeraciones y edificaciones. La vía legal es la autorización especial de la AHAC (con evaluación de riesgo operacional): aun autorizado, nunca directamente sobre las personas y manteniendo mínimo 10 m horizontales y 5 m verticales.

¿Y de noche, o sobre gente?

El vuelo nocturno está prohibido (del crepúsculo vespertino al matutino), igual que el vuelo en clima adverso o condiciones IFR.

Cómo verificar tu zona antes de despegar

El hábito que separa al operador serio del aficionado: antes de cada vuelo, confirma que la zona esté libre consultando a la AHAC. Honduras exige registro en el Registro Aeronáutico Nacional a partir de 250 g. El marco vigente es la circular provisional COC-ATL-002-2018 (clases Micro/Mini/Pequeño/Grande); la AHAC menciona un futuro reglamento RAC-RPAS, pero su entrada en vigor no está confirmada.

Cuando la zona está libre y el vuelo es legal, lo que sigue es el trabajo en sí: si tu cliente necesita ver el vuelo en vivo, eso lo resuelve Hover para operadores certificados, sin montar infraestructura propia.

Preguntas frecuentes

¿A qué altura máxima puedo volar un dron en Honduras?

122 metros sobre el terreno en operación estándar.

¿Puedo volar un dron sobre personas en Honduras?

Prohibido por defecto. Solo con autorización especial de la AHAC, nunca directamente encima, y manteniendo mínimo 10 m horizontales y 5 m verticales de personas y edificaciones.

¿Puedo volar un dron en ciudad en Honduras?

Solo con autorización especial de la AHAC, con evaluación de riesgo operacional, y respetando los mínimos de 10 m horizontales y 5 m verticales.

¿Puedo volar cerca de un aeropuerto en Honduras?

No sin autorización. 5 km de aeropuertos, 3 km de aeródromos no controlados y 1 km de helipuertos (§9 de la circular COC-ATL-002-2018). La autoridad final es la AHAC.

¿Necesito registrar mi dron en Honduras?

Sí, a partir de 250 gramos, en el Registro Aeronáutico Nacional. Menos de 250 g (clase Micro) está exento de registro para uso privado. El uso comercial e institucional requiere además autorización de la AHAC y seguro.

¿Qué pasa si vuelo en una zona prohibida en Honduras?

Volar sobre zonas pobladas sin autorización especial, dentro de los radios de aeródromos, o cerca de instalaciones sensibles expone a sanciones de la AHAC.

Fuentes

Circular de Obligatorio Cumplimiento COC-ATL-002-2018 (AHAC), cifras verificadas contra el texto oficial a 2026. El marco es provisional mientras se publica un RAC-RPAS completo; verifica el estado vigente con la AHAC.

Esta página es de orientación general y puede no reflejar los cambios normativos más recientes. No es asesoría legal: confirma las reglas, tarifas y zonas permitidas vigentes con la autoridad de aviación civil de tu país antes de volar.