La norma la regula la Autoridad Aeronáutica Civil (AAC).
Cifras según la AAC y fuentes del sector a 2026, para orientarte. La autoridad sobre tu zona concreta es la AAC; verifica antes de volar.
Hay zonas donde el vuelo está prohibido o restringido sin importar tu categoría:
Sobrevolar personas o aglomeraciones está prohibido sin permiso de la AAC más seguro de responsabilidad civil frente a terceros. En ciudad, la altura permitida depende del peso del equipo: hasta 30 m para equipos de 250 g o menos, 60 m para 250 g a 25 kg, y hasta 120 m para 25 a 150 kg.
El vuelo nocturno está prohibido sin autorización o dispensa específica de la AAC; la operación estándar es solo de día.
El hábito que separa al operador serio del aficionado: antes de cada vuelo, confirma que la zona esté libre consultando a la AAC. Panamá exige registro ante la AAC para equipos de más de 250 g; los RPA micro (250 g o menos) están exentos de registro, licencia de piloto y certificado de aeronavegabilidad.
Cuando la zona está libre y el vuelo es legal, lo que sigue es el trabajo en sí: si tu cliente necesita ver el vuelo en vivo, eso lo resuelve Hover para operadores certificados, sin montar infraestructura propia.
120 metros sobre el terreno en operación estándar.
No sin permiso de la AAC y seguro de responsabilidad civil. Mantén 30 m horizontales y 10 m verticales de cualquier persona ajena a la operación.
Sí, con permiso de la AAC y seguro; la altura permitida en ciudad varía según el peso de tu equipo, y el trabajo comercial exige Certificado de Operación y piloto licenciado.
No sin autorización. 8 km de radio de aeropuertos y 3 km de helipuertos. La autoridad final es la AAC.
Sí, a partir de 250 gramos. Los equipos de 250 g o menos (clase Micro) están exentos de registro, licencia de piloto y certificado de aeronavegabilidad, pero igual deben respetar las zonas y alturas permitidas.
Volar sobre el Canal de Panamá, cerca de aeropuertos o instalaciones de gobierno, o sobre personas sin permiso, expone a sanciones de la AAC.
Reglamento RACP Libro XVII, Estándar AAC/DSA/DG/01-16 y Resolución 004-2021-NRA-AAC. La altura máxima es escalonada por peso del equipo, no un número único; verifica con la AAC antes de operar comercialmente. Comparativa con otros países: dónde volar un dron en Latinoamérica.
Esta página es de orientación general y puede no reflejar los cambios normativos más recientes. No es asesoría legal: confirma las reglas, tarifas y zonas permitidas vigentes con la autoridad de aviación civil de tu país antes de volar.