La norma la regula la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA).
Cifras según la DINACIA y fuentes del sector a 2026, para orientarte. La autoridad sobre tu zona concreta es la DINACIA; verifica antes de volar.
Hay zonas donde el vuelo está prohibido o restringido sin importar tu categoría:
Volar sobre zonas pobladas o concentraciones de personas está prohibido sin autorización expresa de la DINACIA. Los vuelos recreativos en Montevideo solo están permitidos en parques designados (Baroffio, Marcos Sastre, Miguelete, Tomkinson), de día y hasta 30 m de altura.
Los vuelos recreativos son solo diurnos; no está permitido volar de noche en las zonas recreativas designadas.
El hábito que separa al operador serio del aficionado: antes de cada vuelo, confirma que la zona esté libre consultando a la DINACIA. Hay una discrepancia entre fuentes sobre el registro obligatorio para drones menores a 25 kg: verifica el estado vigente con la DINACIA. Los operadores no recreativos necesitan además un permiso de operador (DAOD).
Cuando la zona está libre y el vuelo es legal, lo que sigue es el trabajo en sí: si tu cliente necesita ver el vuelo en vivo, eso lo resuelve Hover para operadores certificados, sin montar infraestructura propia.
120 metros sobre el terreno en operación estándar.
No sin autorización expresa de la DINACIA. No hay una distancia mínima numérica publicada; la prohibición aplica a zonas pobladas y concentraciones de personas en general.
No sin autorización expresa. En Montevideo, el vuelo recreativo solo está permitido en parques designados por la DINACIA (Baroffio, Marcos Sastre, Miguelete, Tomkinson), de día y hasta 30 m.
No sin autorización. vuelos en zonas de tránsito de aeropuertos y aeródromos están prohibidos sin autorización expresa de la autoridad aeronáutica. La autoridad final es la DINACIA.
Las fuentes no coinciden: algunas indican que los drones de menos de 25 kg no requieren registro, mientras la propia DINACIA ofrece una plataforma UTM de registro. Verifica el estado vigente directamente con la DINACIA antes de operar; los operadores no recreativos necesitan además un permiso DAOD.
Volar en zonas de tránsito de aeropuertos, zonas pobladas o zonas restringidas sin autorización expresa expone a sanciones de la DINACIA.
Resolución DINACIA N.º 291/014 (2014) y fuentes del sector a 2026. La DINACIA es la autoridad final sobre tu zona. Comparativa con otros países: dónde volar un dron en Latinoamérica.
Esta página es de orientación general y puede no reflejar los cambios normativos más recientes. No es asesoría legal: confirma las reglas, tarifas y zonas permitidas vigentes con la autoridad de aviación civil de tu país antes de volar.