La norma completa, categoría por categoría: la guía de certificación RAC 100. Las sanciones por incumplir: requisitos y multas.
Cifras según el RAC 100 y fuentes del sector a 2026, para orientarte. La autoridad sobre tu zona concreta es la Aeronáutica Civil (UAEAC) y sus cartas de restricciones; verifícalas antes de volar.
Hay zonas donde el vuelo está prohibido o restringido sin importar tu categoría:
La zona urbana es donde más operaciones se caen. Volar sobre zona urbana o sobre personas sale de la operación estándar y entra en categoría específica: exige explotador certificado ante la UAEAC, piloto con certificado de idoneidad y autorización para esa operación. Además, buena parte del área urbana de Bogotá, Medellín, Cali o Barranquilla queda dentro de radios de restricción de aeropuertos. Si tu trabajo está en la ciudad, la ruta realista es certificarte, no esperar que el vuelo pase desapercibido; las sanciones aplican.
Vuelo nocturno, más de 122 m, más de 750 m u operación sobre personas son adiciones u operaciones de categoría específica: certificación, requisitos de equipo (luces, observador) y autorización según el caso. La guía RAC 100 explica qué exige cada una y la guía de costos cuánto cuesta llegar ahí.
El hábito que separa al operador serio del aficionado: antes de cada vuelo, confirma que la zona esté libre. Consulta las cartas de restricciones y la información UAS de la Aerocivil, revisa si hay aeródromos cerca (incluidos helipuertos de hospitales y bases), y en zona rural confirma que no estés sobre un parque nacional o infraestructura crítica. Cinco minutos de verificación evitan una multa o la pérdida del equipo.
Cuando la zona está libre y el vuelo es legal, lo que sigue es el trabajo en sí: si tu cliente necesita ver el vuelo en vivo, eso lo resuelve Hover para operadores certificados, sin montar infraestructura propia.
122 metros (400 pies) sobre el terreno en operación estándar. Volar por encima de esa altura exige categoría específica: explotador certificado, piloto con certificado de idoneidad y autorización. Verifica restricciones locales antes de cada vuelo.
No en operación estándar. La regla base es mantener al menos 30 metros de personas y edificaciones ajenas a la operación, y no sobrevolar aglomeraciones (conciertos, marchas, eventos deportivos). Operar sobre personas o en zona urbana cae en categoría específica y exige certificación y autorización.
La zona urbana es terreno de categoría específica: exige explotador certificado y autorización, y buena parte del área urbana de las ciudades principales queda además dentro de radios de restricción de aeropuertos. Antes de un vuelo urbano, verifica la zona en las cartas de restricciones de la Aerocivil.
No sin autorización. Los radios de restricción citados en el mercado van de 5 a 9 km según la clase de aeródromo, pero la autoridad es la carta de restricciones de la Aerocivil para tu zona: verifícala antes de despegar en vez de confiar en un número genérico.
Volar en propiedad privada rural, lejos de aeródromos y zonas restringidas, dentro de los límites estándar (122 m de altura, alcance visual, lejos de terceros) es el caso más simple. La propiedad no exime de las reglas aeronáuticas: la zona igual debe estar libre de restricciones.
Las sanciones van desde multas hasta la inmovilización del equipo, y en zonas sensibles (bases militares, cárceles, infraestructura crítica) el riesgo es mayor. La guía de requisitos y multas detalla el régimen sancionatorio.
RAC 100 (Aeronáutica Civil de Colombia, UAEAC) y fuentes del sector a 2026. Los límites y radios pueden cambiar y varían por zona; esta página orienta, la carta de restricciones de la Aerocivil decide. Comparativa con otros países: dónde volar un dron en Latinoamérica.
Esta página es de orientación general y puede no reflejar los cambios normativos más recientes. No es asesoría legal: confirma las reglas, tarifas y zonas permitidas vigentes con la autoridad de aviación civil de tu país antes de volar.